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Vida Grupo Diversos

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Es un beneficio que otorga la Empresa contratante a sus clientes y/o empleados cuando contribuyen al pago de la prima o la aceptación del seguro es voluntaria.

Brinda respaldo, certeza y tranquilidad en caso de presentarse un imprevisto como fallecimiento o invalidez total y permanente.

  • Básica

Pago de la suma asegurada contratada a los beneficiarios designados por el asegurado, en caso de ocurrir el fallecimiento de éste.

Edades de aceptación de 15 – 70 años.

  • Invalidez

Se considera que el asegurado sufre un estado de Invalidez Total y Permanente, cuando a causa de una enfermedad o accidente se imposibilita para desempeñar un trabajo remunerativo de carácter permanente y continua durante un periodo no menor de seis meses.

Edades de aceptación de 15 – 64 años.

  • Accidentes

Acontecimiento proveniente de una causa externa, súbita, fortuita y violenta que produzca lesiones corporales o la muerte del asegurado, siempre que ésta se produzca en los 90 días siguientes al mismo.

Edades de aceptación de 15 – 69 años.

Las Condiciones Generales, son parte del contrato de los Seguros de Vida Grupo, estipulan y regulan los aspectos principales del plan contratado, así como definir términos técnicos utilizados en la póliza, descripción de coberturas, detalle de exclusiones o situaciones no cubiertas por el seguro por mencionar algunos, que permitirán la sana relación entre Asegurado y Aseguradora.

Condiciones Generales Seguro de Vida Grupo Experiencia Propia CNSF-S0041-0524-2010 CONDUSEF-002406-04

Condiciones Generales Seguro de Vida Grupo con o sin Participación de utilidades CNSF-S0041-0796-2010 CONDUSEF-002403-04

La contratación del Seguro Vida Grupo Diversos, pide una serie Requisitos y Restricciones para que dicha contratación sea efectiva:

 

  • En Vida Grupo Diversos Deudor no se amparan personas Morales.
  • Seguros Voluntarios: Mínimo 25 asegurados.
  • Debe ingresar al menos el 50% de las personas elegibles
Anotaciones aclaratorias

/1 Las siguientes son consideradas Sociedades Financieras, Entidades y Dependencias Gubernamentales incluidas en el Régimen Simplificado: Sociedades Controladoras de Grupos Financieros, Fondos de Inversión, Sociedades de Inversión Especializadas en Fondos para el Retiro, Sociedades Operadoras de Fondos de Inversión, Sociedades Distribuidoras de Acciones de Fondos de Inversión, Instituciones de Crédito, Casas de Bolsa, Casas de Cambio, Administradoras de Fondos para el Retiro, Instituciones de Seguros, Sociedades Mutualistas de Seguros, Instituciones de Fianzas, Almacenes Generales de Depósito, Sociedades cooperativas de Ahorro y Préstamo, Sociedades Financieras Populares, Sociedades Financieras de Objeto Múltiple Reguladas, Uniones de Crédito, Sociedades Emisoras de Valores cuyos valores se encuentren inscritos en el Registro Nacional de Valores, Entidades Financieras del Exterior que se encuentren constituidas en países o territorios en los que se apliquen medidas para prevenir, detectar y combatir operaciones con recursos de procedencia ilícita y financiamiento al terrorismo y que estén supervisadas respecto del cumplimiento de tales medidas, Entidades y Dependencias públicas federales, estatales y municipales, Bolsa de Valores, Empresas que administren mecanismos para facilitar las transacciones con valores ,Contrapartes Centrales, Proveedores de Precios e Instituciones Calificadoras de Valores.

/2 Control se refiere a la capacidad de una persona o grupo de personas, a través de la propiedad de valores, por la celebración de un contrato o por cualquier otro acto jurídico, para: i. Imponer, directa o indirectamente, decisiones en la asamblea general de accionistas o de socios o en el órgano de gobierno equivalente de una persona moral, ii. Nombrar o destituir a la mayoría de los consejeros, administradores o equivalentes de una persona moral, iii. Mantener la titularidad de derechos que permitan, directa o indirectamente, ejercer el voto respecto de más del cincuenta por ciento del capital social de una persona moral y iv. Dirigir, directa o indirectamente, la administración, la estrategia o las principales políticas de una persona moral. Adicionalmente, se entenderá que ejerce el Control aquella persona física que directa o indirectamente, adquiera el veinticinco por ciento o más de la composición accionaria o del capital social, de una persona moral. Cuando no exista una persona física que posea o controle, directa o indirectamente, un porcentaje igual o superior al 25% del capital o de los derechos de voto de la persona moral de que se trate, o que por otros medios ejerza el Control, directo o indirecto, de la persona moral, se considerará que ejerce dicho Control el administrador o administradores de la misma, entendiéndose que ejerce la administración, la persona física designada para tal efecto. Cuando el administrador designado fuera una institución fiduciaria, se entenderá que el Control es ejercido por la persona física nombrada como administrador del Fideicomiso.

/3 Respecto de las profesiones, a continuación se presentan los ejemplos de actividades vulnerables o actividades de alto riesgo: Profesiones: Agente de rifas y sorteos (quinielas y lotería), Anticuario, Centro cambiario, Compraventa de armas de fuego, Compraventa de automóviles y camiones nuevos o usados, Compraventa de bienes inmuebles y artículos diversos, Compraventa de casas y otros inmuebles, Compraventa de inmuebles de casa habitación, Compraventa de joyas, Compraventa de partes y refacciones para vehículos aéreos, Compraventa de relojes, Compraventa de terrenos, Compraventa de vehículos acuáticos y sus refacciones, Compraventa de vehículos aéreos, Compraventa de vehículos, embarcaciones o aeronaves usados, Desarrollador de vivienda, Diamantista, Fabricación de armas, Montepío, Prestamista, Servicios de blindaje para inmuebles y/o vehículos y Subastador. Actividades Económicas: Activos virtuales, Agencias de rifas y sorteos (quinielas y lotería), Arrendamiento de inmuebles residenciales, Asociación o sociedad sin fines de lucro, Bares y cantinas, Caja de ahorro, Casa de cambio, Casa de subastas, Casas de empeño, Casino, Centro cambiario, Centro nocturno, Comercialización de tarjetas de crédito o servicios, Compraventa accesorios de armas de fuego, Compraventa de antigüedades, Compraventa de armas de fuego, Compraventa de automóviles y camiones nuevos o usados, Compraventa de bienes inmuebles y artículos diversos, Compraventa de casas y otros inmuebles, Compraventa de diamantes, Compraventa de inmuebles de casa habitación, Compraventa de joyas, Compraventa de obras de arte, Compraventa de partes y refacciones para vehículos aéreos, Compraventa de relojes, Compraventa de terrenos, Compraventa de vehículos acuáticos y sus refacciones, Compraventa de vehículos aéreos, Compraventa de vehículos, embarcaciones o aeronaves nuevos o usados, Desarrollador de vivienda, Dispersor de fondos, Emisión y comercialización de cheques de viajero, Empresas de autofinanciamiento automotriz, Empresas de autofinanciamiento residencial, Fabricación de armas, Galerías de artes gráficas y museos, Hipódromo, Juegos de feria y apuestas, Montepío, Empresa Offshore, Operaciones de mutuo o garantía, Organización de beneficencia, Organización de caridad, Otorgamiento de créditos, Plaza de toros, Promoción de otros espectáculos, Servicios de blindaje para inmuebles y/o vehículos, Servicios de bufetes jurídicos y legales, servicios de contabilidad y auditoría, Servicios de reparación de relojes y joyas, Servicios relacionados con inmuebles, Sociedades de ahorro y crédito popular, Sociedades financieras de objeto limitado, Sociedades financieras de objeto múltiple no reguladas, Tarjeta de crédito o de servicios, Transmisores de dinero y Uniones de crédito.