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Seguro de Vida Plan de Ahorro Mixto

Protección durante el plazo y a la sobrevivencia, te paga la Suma Asegurada contratada.

O si lo prefieres llámanos al

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El Plan Ahorro Mixto de MAPFRE, está orientado a otorgar protección por fallecimiento durante el plazo elegido y al sobrevivir a la vigencia contratada, se paga el 100% de la Suma Asegurada.

  • Edades de Aceptación: De 18 a 70 años.
  • Plazo de Contratación: 10, 15 y 20 años, Edad Alcanzada 60 y 65 años.

Las edades de contratación varían de acuerdo al plazo seleccionado:

a) Plazo de 10, 15 y 20 años: 18 a 70 años
b) Edad Alcanzada 60 años: 18 a 40 años.

c) Edad Alcanzada 65 años: 18 a 45 años.

  • Moneda: Nacional, Dólares y UDIS. (Los plazos a Edad Alcanzada se comercializan sólo en dólares y UDIS).
  • Accidentes

    Cubre la muerte accidental, pérdidas orgánicas, muerte accidental pérdidas orgánicas, muerte accidental colectiva, pérdidas orgánicas colectiva y/o muerte accidental pérdidas orgánicas colectiva que pudieran sufrir el asegurado a consecuencia de un accidente, siempre y cuando se presenten dentro de los 90 días siguientes a la fecha de ocurrencia del evento.

  • Invalidez Total y Permanente

    Cubre al asegurado en caso de que por accidente o enfermedad, se vea imposibilitado de manera total y permanente para desempeñar su trabajo habitual o cualquier otro compatible con sus conocimientos y aptitudes.

  • Enfermedades Graves

    Con un periodo de espera de 60 días contados a partir del inicio de vigencia, cubre al asegurado en caso de que una de las enfermedades cubiertas, sea diagnosticada por primera vez durante la vigencia de la póliza, siempre y cuando el asegurado sobreviva 45 días posteriores a la fecha del diagnóstico de la misma.

  • Servicios Funerarios

    Proporciona el Servicio Funerario en el momento que ocurra el deceso de cualquiera de los asegurados estipulados en la póliza, siempre y cuando éste ocurra durante la vigencia de la cobertura. Se puede contratar como un plan Individual o Familiar, en la que puedes incluir a tu familia, cónyuge e hijos solteros menores de 26 años.

  • Alternativa de Inversión: Dotales a Corto Plazoz

    Mecanismo que permite al asegurado contar con un ahorro en su póliza o para tener un respaldo ante imprevistos de pago de la misma, accediendo a tasas de inversión muy competitivas en el mercado, a las que difícilmente podría tener acceso en una institución bancaria.

Las Condiciones Generales, son parte del contrato de los seguros de vida individual, estipulan y regulan los aspectos principales del plan contratado, así como definir términos técnicos utilizados en la póliza, descripción de coberturas, detalle de exclusiones o situaciones no cubiertas por el seguro por mencionar algunos, que permitirán la sana relación entre Asegurado y Aseguradora.

Plan Ahorro Mixto CNSF-S0041-0374-2016/ CONDUSEF-002049-02

Derechos Básicos del Asegurado

Existen requisitos establecidos por la Aseguradora para que el solicitante del seguro puede ser cubierto, es decir, toda contratación de un seguro de vida solicitará una serie de Requisitos de Asegurabilidad para que dicha contratación se haga efectiva. Por mencionar algunas están:

  • Rango de edades de aceptación.
  • Cumplir con los requisitos de selección y suscripción vigentes.

Existen a su vez condiciones de cada asegurado, que podrían considerarse restricciones de contratación.

Una vez recibida la póliza de seguro se sugiere:
  • Revisar que los datos personales estén correctos y cualquier modificación coméntala de inmediato con tu agente de seguros.
  • Guarda la póliza en un lugar seguro y accesible, de inmediato comparte la decisión acertada que tomaste, a los beneficiarios, a un familiar o persona de confianza que pueda orientar a tu familia en caso de algún imprevisto.

Una vez recibidas las Condiciones Generales:

  • Léelas detenidamente y en caso de alguna duda, tu agente de seguros podrá orientarte al respecto, recuerda que entre más claro te queden las clausulas básicas y principales, estarás más tranquilo y sabrás que has tomado la mejor decisión.

Una vez que la vigencia de tu seguro ha comenzado: 

  • Te sugerimos añadir de inmediato el pago de tu póliza al ¨presupuesto familiar¨, esto te ayudará a administrarla adecuadamente y ser puntual en los pagos.
  • Pegunta a tu agente de seguros, los distintos planes de vida y de ahorro, que pueden complementar tu protección, recuerda que hay un seguro para cada necesidad, solicita más información de los productos patrimoniales que te ofrece MAPFRE.
  • Te sugerimos que cualquier agravación sustancial que se tenga durante el curso del seguro, lo comuniques a la compañía dentro de las 24 horas siguientes al momento en que las conozcas.
  • Comunícate a los teléfonos 5230 7120 en la Ciudad de México, o al 800 0 MAPFRE (627 373) para el resto de la República, para asesoría general de tu póliza (modificaciones a la póliza, pagos u orientación en caso de siniestro).

El ahorro es una parte fundamental en nuestras vidas, sin embargo no existen guías o libros que nos compartan la fórmula o el medio adecuado para comenzar a generar un capital. Suele ser tan complejo buscar alternativas, que podríamos tomar una decisión poco acertada y terminar guardando el dinero debajo del colchón. Lo importante es que si cuentas con el hábito de ahorrar, lo comiences a construir en grande para lograr un futuro financiero saludable. Hablar de una salud económica más estable, indicará que ya cuentas con dinero suficiente que soportará gastos o imprevistos futuros, de no ser así, nunca es tarde para comenzar. Una vez que este proceso inicie, proteger ese ahorro será una misión para el cumplimiento de 2 objetivos: recibirlo en vida y administrarlo correctamente o, si lamentablemente ya no estuvieras aquí, garantizar que sea entregado a la persona deseada o su destino sea el que planeaste y lo anterior sólo es posible por medio de un seguro patrimonial, que representará una solución confiable de protección y ahorro

Planeando tu futuro

Planeando tu futuro

MAPFRE México te comparte algunas ventajas de contratar un plan de ahorro, y estar preparado para cuando llegue ese último día de trabajo.

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Preguntas Frecuentes

Consulta las preguntas frecuentes sobre seguros

Anotaciones aclaratorias

/1 Las siguientes son consideradas Sociedades Financieras, Entidades y Dependencias Gubernamentales incluidas en el Régimen Simplificado: Sociedades Controladoras de Grupos Financieros, Fondos de Inversión, Sociedades de Inversión Especializadas en Fondos para el Retiro, Sociedades Operadoras de Fondos de Inversión, Sociedades Distribuidoras de Acciones de Fondos de Inversión, Instituciones de Crédito, Casas de Bolsa, Casas de Cambio, Administradoras de Fondos para el Retiro, Instituciones de Seguros, Sociedades Mutualistas de Seguros, Instituciones de Fianzas, Almacenes Generales de Depósito, Sociedades cooperativas de Ahorro y Préstamo, Sociedades Financieras Populares, Sociedades Financieras de Objeto Múltiple Reguladas, Uniones de Crédito, Sociedades Emisoras de Valores cuyos valores se encuentren inscritos en el Registro Nacional de Valores, Entidades Financieras del Exterior que se encuentren constituidas en países o territorios en los que se apliquen medidas para prevenir, detectar y combatir operaciones con recursos de procedencia ilícita y financiamiento al terrorismo y que estén supervisadas respecto del cumplimiento de tales medidas, Entidades y Dependencias públicas federales, estatales y municipales, Bolsa de Valores, Empresas que administren mecanismos para facilitar las transacciones con valores ,Contrapartes Centrales, Proveedores de Precios e Instituciones Calificadoras de Valores.

/2 Control se refiere a la capacidad de una persona o grupo de personas, a través de la propiedad de valores, por la celebración de un contrato o por cualquier otro acto jurídico, para: i. Imponer, directa o indirectamente, decisiones en la asamblea general de accionistas o de socios o en el órgano de gobierno equivalente de una persona moral, ii. Nombrar o destituir a la mayoría de los consejeros, administradores o equivalentes de una persona moral, iii. Mantener la titularidad de derechos que permitan, directa o indirectamente, ejercer el voto respecto de más del cincuenta por ciento del capital social de una persona moral y iv. Dirigir, directa o indirectamente, la administración, la estrategia o las principales políticas de una persona moral. Adicionalmente, se entenderá que ejerce el Control aquella persona física que directa o indirectamente, adquiera el veinticinco por ciento o más de la composición accionaria o del capital social, de una persona moral. Cuando no exista una persona física que posea o controle, directa o indirectamente, un porcentaje igual o superior al 25% del capital o de los derechos de voto de la persona moral de que se trate, o que por otros medios ejerza el Control, directo o indirecto, de la persona moral, se considerará que ejerce dicho Control el administrador o administradores de la misma, entendiéndose que ejerce la administración, la persona física designada para tal efecto. Cuando el administrador designado fuera una institución fiduciaria, se entenderá que el Control es ejercido por la persona física nombrada como administrador del Fideicomiso.

/3 Respecto de las profesiones, a continuación se presentan los ejemplos de actividades vulnerables o actividades de alto riesgo: Profesiones: Agente de rifas y sorteos (quinielas y lotería), Anticuario, Centro cambiario, Compraventa de armas de fuego, Compraventa de automóviles y camiones nuevos o usados, Compraventa de bienes inmuebles y artículos diversos, Compraventa de casas y otros inmuebles, Compraventa de inmuebles de casa habitación, Compraventa de joyas, Compraventa de partes y refacciones para vehículos aéreos, Compraventa de relojes, Compraventa de terrenos, Compraventa de vehículos acuáticos y sus refacciones, Compraventa de vehículos aéreos, Compraventa de vehículos, embarcaciones o aeronaves usados, Desarrollador de vivienda, Diamantista, Fabricación de armas, Montepío, Prestamista, Servicios de blindaje para inmuebles y/o vehículos y Subastador. Actividades Económicas: Activos virtuales, Agencias de rifas y sorteos (quinielas y lotería), Arrendamiento de inmuebles residenciales, Asociación o sociedad sin fines de lucro, Bares y cantinas, Caja de ahorro, Casa de cambio, Casa de subastas, Casas de empeño, Casino, Centro cambiario, Centro nocturno, Comercialización de tarjetas de crédito o servicios, Compraventa accesorios de armas de fuego, Compraventa de antigüedades, Compraventa de armas de fuego, Compraventa de automóviles y camiones nuevos o usados, Compraventa de bienes inmuebles y artículos diversos, Compraventa de casas y otros inmuebles, Compraventa de diamantes, Compraventa de inmuebles de casa habitación, Compraventa de joyas, Compraventa de obras de arte, Compraventa de partes y refacciones para vehículos aéreos, Compraventa de relojes, Compraventa de terrenos, Compraventa de vehículos acuáticos y sus refacciones, Compraventa de vehículos aéreos, Compraventa de vehículos, embarcaciones o aeronaves nuevos o usados, Desarrollador de vivienda, Dispersor de fondos, Emisión y comercialización de cheques de viajero, Empresas de autofinanciamiento automotriz, Empresas de autofinanciamiento residencial, Fabricación de armas, Galerías de artes gráficas y museos, Hipódromo, Juegos de feria y apuestas, Montepío, Empresa Offshore, Operaciones de mutuo o garantía, Organización de beneficencia, Organización de caridad, Otorgamiento de créditos, Plaza de toros, Promoción de otros espectáculos, Servicios de blindaje para inmuebles y/o vehículos, Servicios de bufetes jurídicos y legales, servicios de contabilidad y auditoría, Servicios de reparación de relojes y joyas, Servicios relacionados con inmuebles, Sociedades de ahorro y crédito popular, Sociedades financieras de objeto limitado, Sociedades financieras de objeto múltiple no reguladas, Tarjeta de crédito o de servicios, Transmisores de dinero y Uniones de crédito.